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23 Marzo

La ley ya obliga a los vecinos a instalar un salvaescaleras si lo pide un discapacitado

Escrito por Jose

A partir de ahora, la instalación de rampas o plataformas salvaescaleras en los rellanos será más sencilla. La última modificación de la Ley sobre Propiedad Horizontal, en vigor desde el pasado 4 de agosto, introduce una nueva regulación de carácter obligatorio sobre este tipo de obras, consideradas menores: la comunidad, a instancia de los propietarios en cuya vivienda vivan o trabajen personas con discapacidad, tendrá que acometer las obras, siempre que su coste repercutido entre cada vecino no supere las 12 mensualidades de la correspondiente cuota de comunidad.

Esta modificación, en todo caso, no afecta a la instalación de ascensores, ya que su precio es más alto y cuya instalación requiere de un acuerdo del 60% de propietarios del inmueble.

Sin embargo, los administradores de fincas califican la reforma legal de los salvaescaleras como «revolucionaria» ya que implica, según estos profesionales, la «simplificación» de los trámites y la resolución por vía legal de numerosos conflictos de escalera. «Hasta ahora, era imprescindible que existieran mayorías de vecinos dispuestos a correr con los gastos de la obra, por pequeña que fuese. Con esta nueva ley en la mano, no existe margen para la discusión: es obligatorio y solidario, y punto».

El nuevo texto legal, en todo caso, contempla una excepción que puede limitar su efecto: solo estarán obligados a pagar los hogares que superen en 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem), es decir, aquellas unidades familiares que cobren menos de 15.975 euros al año (1.331 euros brutos mensuales).

Hasta ahora, era necesario un acuerdo con mayoría simple entre los propietarios. Esta reforma legal afecta solo a las obras que no superen 12 cuotas de comunidad por vivienda.

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